Código de Prueba: 270
Código nemónico: ALCOH
Actualización vigente el 19/02/2024
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Tolerancia: Hasta 0,5 g/L* Hasta 0,3 g/L** * Tasa máxima en conductores ** Tasa máxima en vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales así como los conductores noveles (durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir). Bibliografía: Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003). * Fuente: Valores Bibliograficos Versión de la prueba: 6 | Incertidumbre (a 0.05 g/L): 0.01 g/L Incertidumbre en el rango de 0.3 a 0.5 g/L: 0.07 g/L Límite de cuantificación: 0.05 g/L Tolerancia: Hasta 0.5 g/L* [1] Hasta 0.3 g/L** [1] Hasta 0.1 g/L*** [2] * Tasa máxima en conductores ** Tasa máxima en vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales así como los conductores noveles (durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir). ***Tasa máxima en personal ferroviario [1] Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) [2] Seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (Real Decreto 929/2020) La incertidumbre de medida de esta magnitud está calculada con un valor de K=2 en todo el rango de trabajo y a disposición del cliente que lo solicite. Los resultados obtenidos solo están relacionados con la muestra ensayada. Versión de la prueba: 7 |
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