Código de Prueba: 842
Actualización vigente el 18/05/2018
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Inferior 10 µg/g creatinina B.E.I inferior 50 µg/g creatinina V.L.B.(F.S.): 50 µg/g creatinina LD (Límite de detección): 1 µg/g creatinina LQ (Límite de cuantificación): 3 µg/g creatinina * Fuente: Valores Bibliograficos Plazo de Entrega: 5 días | Inferior 10 µg/g creatinina B.E.I inferior 50 µg/g creatinina LD (Límite de detección): 1 µg/g creatinina LQ (Límite de cuantificación): 3 µg/g creatinina 1- La concentración de arsénico "total" en orina no es el indicador adecuado para valorar el índice de exposición laboral al arsénico. 2- La concentración de arsénico "total" en orina puede estar fuertemente condicionada por el tipo de dieta. La posible presencia de arsénico en alimentos de origen marino, especialmente en bivalvos (almejas, ostras, mejillones), en crustáceos (cangrejos, langostas), en ciertos peces de aguas frías que se alimentan en el fondo marino y en algas marinas, debe tenerse en cuenta en la interpretación del resultado. Las formas orgánicas de arsénico que se encuentran en alimentos de origen marino (principalmente la arsenobetaina y la arsenocolina), también conocidas como "arsénico de los peces", generalmente se consideran no tóxicas y se excretan por la orina 48 horas después de haber sido ingeridas.
3- Se recomienda la medida del arsénico inorgánico en
orina de final de jornada laboral para valorar el índice de exposición
laboral.
* Fuente: · Enciclopedia de salud y seguridad en el trabajo, tomo I, 27 - INSHT
· ATSDR(Agency for Toxic Substances and
Disease Registry), 2007 Plazo de Entrega: 4 días |
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